Termas de Panimávida deberá pagar más de $24 millones por discriminación

El 26° Juzgado Civil de Santiago condenó al dueño del centro turístico Roberto Movillo por considerar que cometió una discriminación arbitraria contra la pareja, así como también una vulneración a sus derechos como consumidores. El hecho ocurrió en julio de 2018.

El dueño de las Termas de Panimávida deberá pagar una suma de cerca de $24 millones a una pareja gay esto tras ser condenado por el 26° Juzgado Civil de Santiago por discriminación y por vulnerar sus derechos como consumidores.

El hecho ocurrió en julio de 2018 cuando, Roberto Movillo, dueño del resort llamó a la pareja de Roberto Ampuero y Felipe Vigouroux a “comportarse” y a pedirles que dejaran de besarse en los espacios públicos del recinto porque de no hacerlo deberían abandonar el lugar.

Debido a esto, es que Fundación Iguales se hizo parte de una denuncia contra Movillo, amparados en la Ley Antidiscriminación por considerar que los hechos vividos por Ampuero y Vigouroux constituían una discriminación arbitraria, por esto que “solicitan (al Tribunal) se declare que la demandada ha incurrido en una conducta de discriminación arbitraria, y se disponga que cualquier acto de discriminación análogo al sufrido por ellos no puede reiterarse en el futuro, y, a la vez, que la condene al pago de una multa a beneficio fiscal de 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), o la suma que el Tribunal estime, con costas”.

En la sentencia el tribunal estableció que “de la mera lectura del informe evacuado por la

demandada, donde reconoce expresamente el señor Movillo, que les reprochó a los actores besarse en público, se concluye que los demandantes fueron víctimas de un acto de discriminación arbitraria, pues, besarse en público en pleno siglo XXI, no es un acto que en la actualidad, al menos en Chile, atente contra la moral y las buenas costumbres, por tanto, el prohibirles hacerlo, solo estuvo motivado por su orientación sexual, lo que sí es un acto discriminatorio y vulnera el principio de la igualdad ante la ley, establecido en la Constitución Política de la República”.

Para el director jurídico de Fundación Iguales, Jorge Lucero, “el reconocimiento por parte del tribunal, que las muestras de afecto entre dos personas del mismo sexo, no son atentatorias a la moral y a las buenas costumbres, deja de manifiesto que el pensamiento relativo a la diversidad sexual, al fin está cambiando en Chile”.

En tanto, uno de los afectados, Roberto Ampuero, aseguró que el fallo es fundamental, ya que “es necesario que las personas de la diversidad sexual nos sintamos seguras de poder demostrar nuestro amor en público”.