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¿Ayudará a disminuir los contagios por Covid-19? Así funciona la nueva vacuna aprobada por el ISP

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Ya son cuatro las vacunas contra el Coronavirus que podrán ser aplicadas en Chile, tras la aprobación de la vacuna CanSino por parte del ISP. Pero… ¿Qué es lo que sabemos hasta ahora de esta nueva inoculación?.

Lo primero y que la distingue de las formuladas por Pfizer, Astrazeneca o Sinovac es que sólo necesita una dosis. En el caso de las otras vacunas funcionan con dos dosis, con intervalos de 14, 28 y 21 días respectivamente.

Eso sí, los expertos que aprobaron el uso de CanSino en Chile, afirmaron que es necesario estudiar si se necesita o no una segunda dosis.

¿CÓMO FUNCIONA?

A diferencia de las otras, CanSino funciona a través de un vector viral, quiere decir que toman un adenovirus– uno de los responsables de los resfríos y gripes-, pero que no tiene la capacidad de infectar.

Por ejemplo, en el caso de la vacuna Pfizer, funciona a través del método ARN Mensajero, que al ser inoculada lleva información a la parte de nuestra célula donde se producirán las proteínas que crean los anticuerpos contra el virus.

¿ES MÁS EFECTIVA QUE LAS DEMÁS?

Según algunos estudios CanSino tendría cinco meses de inmunidad, tras eso, habría que evaluar una segunda dosis. Según Heriberto García, Director del ISP “con una dosis ya producía una inmunogenicidad necesaria y que sí ya producía una eficacia necesaria importante de un 65%”.

La vacuna más aplicada hasta ahora en el país es la Sinovac con un 93%, mientras que Pfizer alcanza el 7%. Un estudio de la Universidad de Chile, mostró que tienen un 56,5% para prevenir contagios en quienes han recibido la segunda dosis de alguna de las vacunas hace al menos dos semanas.

¿Será que la aplicación de estas vacunas se verá reflejada pronto y habrá una baja en las cifras de contagios en Chile?

Expertos advierten graves consecuencias por no vacunarse contra el coronavirus

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El escepticismo por lo rápido que llegó la vacuna contra el coronavirus se ha apoderado de varias personas, sobre todo de los grupos y movimientos antivacunas. Sin embargo, la comunidad médica y científica ha sido enfática en destacar la importancia de la inoculación.

Si bien este proceso es voluntario, quienes pertenezcan a un grupo de riesgo deberían acudir a los vacunatorios, ya que disminuye la posibilidad de agravar el contagio por el covid-19.

El Dr. Joseph Varón, jefe de personal del United Memorial Medical Center en Houston, le dijo a CNN En Español que no ponerse la vacuna podría dejar a aquellos con más posibilidades de contraer una enfermedad por coronavirus mucho más violenta que los que sí se la pongan.

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“Las implicaciones de no vacunarse son relativamente sencillas: te puede dar el covid muy severo y te puedes morir. Yo creo que es muy importante que la gente entienda que uno debe de vacunarse; uno requiere tener esa vacuna”, puntualizó.

Además, explicó que “si la enfermedad empieza a avanzar, la gente que esté vacunada va a salir adelante. La gente que no lo esté, va a tener la infección y lo peor es que puede contagiarle a otro. Entonces desde el punto de salud pública te vuelves un problema”.

El especialista también indicó, que como se ha visto hasta ahora, las personas con enfermedades preexistentes (o crónicas), pueden sufrir consecuencias aún más graves, como fallecer luego del contagio por coronavirus.

El no vacunarse también implica una problemática general, ya que se pone en riesgo la llamada ‘inmunidad colectiva’, haciendo más vulnerables a los grupos de alto riesgo.

Por su parte, el Dr. José Torradas le dijo al mismo medio citado anteriormente que “ese momento de inmunidad colectiva se retrasa porque el virus existe al poder saltar de una persona a la otra y si las personas ya tienen anticuerpos, pues eso representa una manera de bloquear la transmisión del virus”.

Torradas, además señaló que en términos de los que no se vacunan, no es que sean un peligro más de lo que pueden ser ahora mismo. “Es entendiendo que al no vacunarse si no tienes anticuerpos, te puedes infectar y eso no quiere decir que no puedas infectar gente que haya sido vacunada. La gente que ha sido vacunada tiene por lo menos una probabilidad más alta de no tener complicaciones severas”.

Sin embargo, ambos especialistas concluyen que el gran enemigo de las vacunas es la desinformación, ya que “desafortunadamente no se ha creado un ambiente de confianza y de información adecuada debido a todas las comunicaciones erróneas y mal informadas”.

Los expertos insisten en que la vacunación, que aún no es masiva y solo está disponible para ciertos grupos, no es la única respuesta a la pandemia, por lo que es importante continuar con las medidas sanitarias como el distanciamiento físico, lavado de manos y uso de mascarillas.

Alimentos, bebestibles, ropa de guagua: publican nuevo instructivo de bienes esenciales

Desde el lunes 5 de abril, entró en vigencia la normativa sobre la prohibición de vender productos noesenciales, por lo que varios supermercados y tiendas de retail han tomado medidas de autorregulación.

Una gran cantidad de clientes que asistieron a aquellos recintos, denunciaron que varios pasillos, como electrodomésticos o productos de aseo, no pueden ser comprados, ya que estaban dentro de los artículos con prohibición de venta.

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Nuevo listado de productos

Durante la tarde del martes y por diversas críticas a la implementación, el ministerio de Salud publicó un nuevo instructivo de desplazamiento que entrará en vigencia desde este miércoles 7 de abril.

En el documento, se entrega un nuevo listado de los productos que sí son esenciales para el diario vivir de los ciudadanos, específicamente en las comunas que están en Fase 1 y Fase 2 del plan Paso a Paso.

Bienes relativos a la subsistencia de la persona

  • Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.

  • Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.

  • Productos necesarios para la higiene personal: pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.

  • En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.

  • Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.

  • Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.

  • Artículos para mascotas: alimentos, accesorios de higiene y cuidado.

  • Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes: como mangueras,regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia

  • Artículos electrónicos: computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.

  • Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:

  • Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.

  • Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones,guateros, etc.

  • Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.

  • Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.

  • Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras,estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores,batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc. Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.

  • Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.

  • Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

Otros bienes

  • Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas,carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.

Llegarán antes del fin de abril: Lo que debes saber de los bonos anunciados por el Gobierno

Para ayudar a las familias más afectadas por la emergencia sanitaria, es que se explicaron cuáles serán las nuevas ayudas económicas promulgadas por el gobierno. Unos beneficios que se espera comiencen a ser entregados en la última semana de abril.

Se podrán solicitar unos 10 días tras la promulgación de la ley, esto quiere decir que probablemente la próxima semana comenzaría el proceso de solicitud.

Entre las mejoras que se realizaron está el ingreso a los beneficiarios de pensionados de rentas vitalicias, del sistema antiguo y de aquellos afectos a la modalidad de retiro preparado. También cuenta el aumento de la cobertura del IFE Covid y el Bono Covid para el mes de abril.

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¿QUÉ REQUISITOS SE DEBE CUMPLIR PARA SOLICITAR CADA BENEFICIO?

Estos bonos buscan ayudar a las personas y las familias que vieron una disminución en sus ingresos durante la pandemia y tendrá ciertas características.

Bono Clase Media: El monto que será entregado dependerá de la baja en el ingreso familiar y depende del dinero que el grupo familiar recibe en total, variando de la siguiente forma:

  • PARA QUIENES GANEN ENTRE EL SALARIO MÍNIMO Y $408.125: RECIBIRÁN 500 MIL PESOS SIN DEMOSTRAR CAÍDA DE INGRESOS.

  • DESDE 408 MIL 125 PESOS Y 1.500.000: RECIBIRÁN 500 MIL PESOS CON CAÍDA DE INGRESOS DEL 20% ENTRE EL SEGUNDO SEMESTRE 2019 Y EL SEGUNDO SEMESTRE 2020.

  • ENTRE 1 MILLÓN 500 MIL Y 2 MILLONES DE PESOS CON CAÍDA DE INGRESO DEL 20% ENTRE EL SEGUNDO SEMESTRE 2019 Y EL SEGUNDO SEMESTRE 2020: 400 MIL PESOS.

  • PARA INGRESOS ENTRE $1.600.000 Y $1.700.000: 300 MIL PESOS

  • PARA INGRESOS ENTRE $1.700.000 Y $1.800.000: 200 MIL PESOS

  • PARA INGRESOS ENTRE $1.800.000 Y $2.000.000: 100 MIL PESOS

Además, habrá un aumento en la cantidad de dinero entregada, el que dependerá del número de cargas que tenga cada hogar. Son considerados como carga niños, niñas y adolescentes; adultos mayores y personas dependientes, de acuerdo al Registro Social de Hogares.

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Préstamo Solidario Clase Media: Tiene un tope máximo de 650 mil pesos y cubre la totalidad de la caída del ingreso promedio mensual del segundo semestre de 2019 respecto del segundo semestre de 2020. 

En el caso de quienes no cobren el Bono Clase Media, puede solicitarlo hasta 3 veces, mientras que aquellos que sí cobren el Bono Clase Media, podrán pedirlo hasta dos veces.

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Bono para pensionados: Se entregarán 100 mil pesos a los pensionados por vejez o invalidez que cumplan estos requisitos:

  • RENTAS VITALICIAS: PENSIONES INFERIORES A $408.125.

  • RETIRO PROGRAMADO: CON PENSIONES ENTRE LA PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA Y $408.125.

  • SISTEMAS DE PENSIONES ADMINISTRADOS POR EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL (IPS): PENSIONES INFERIORES A $408.125.

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