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Ley de servicios básicos: ¿Cómo acceder a beneficios para las cuentas de la luz?

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El próximo 5 de mayo termina la vigencia de la Ley de Servicios Básicos, en el cual establece que las empresas de servicios básicos, entre ellas las distribuidoras eléctricas, no podrán cortar el suministro de electricidad por no pago de sus clientes, además de entregar facilidades para regularizar esas deudas.

De esta manera, los clientes pueden convenir el pago de su deuda en hasta 36 cuotas mensuales, sin intereses, multas, ni gastos asociados, evitando así la interrupción de su suministro eléctrico de encontrarse impago.

Este beneficio podrá ser solicitado por los clientes hasta 30 días después del término de la vigencia de ley, vale decir, hasta el 5 de junio de 2021.

“Como industria sabemos que nuestros clientes están pasando dificultades económicas producto de la pandemia, por lo que estamos comprometidos en lograr que todos quienes cumplan con los requisitos que establece esta ley puedan acceder a sus beneficios!, señaló el Director Ejecutivo de Empresas Eléctricas, Rodrigo Castillo.

La asociación reúne a las principales empresas distribuidoras eléctricas del país: CGE, Chilquinta, Enel Distribución y Grupo Saesa, las que en conjunto representan a casi el 90% de los clientes del país.

A través de los sitios web y los canales de atención telefónica los usuarios de las empresas distribuidoras podrán registrarse.

Conozca los requisitos

Para acceder a los beneficios es necesario encontrarse en alguna de estas situaciones:

–      Pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares

–       Ser adultos mayores

–       Ser trabajadora o trabajador acogido a la Ley de Protección del Empleo

–       Encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía

–       Ser trabajadora o trabajador independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración jurada simple.

Para más información sobre los beneficios de la ley y cómo inscribirse en las empresas distribuidoras, las personas pueden acceder al sitio web de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la (SEC). La tramitación de la solicitud puede tardar hasta 5 días hábiles y en caso de ser rechazada se podrá recurrir a la página de la SEC.

¿Ayudará a disminuir los contagios por Covid-19? Así funciona la nueva vacuna aprobada por el ISP

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Ya son cuatro las vacunas contra el Coronavirus que podrán ser aplicadas en Chile, tras la aprobación de la vacuna CanSino por parte del ISP. Pero… ¿Qué es lo que sabemos hasta ahora de esta nueva inoculación?.

Lo primero y que la distingue de las formuladas por Pfizer, Astrazeneca o Sinovac es que sólo necesita una dosis. En el caso de las otras vacunas funcionan con dos dosis, con intervalos de 14, 28 y 21 días respectivamente.

Eso sí, los expertos que aprobaron el uso de CanSino en Chile, afirmaron que es necesario estudiar si se necesita o no una segunda dosis.

¿CÓMO FUNCIONA?

A diferencia de las otras, CanSino funciona a través de un vector viral, quiere decir que toman un adenovirus– uno de los responsables de los resfríos y gripes-, pero que no tiene la capacidad de infectar.

Por ejemplo, en el caso de la vacuna Pfizer, funciona a través del método ARN Mensajero, que al ser inoculada lleva información a la parte de nuestra célula donde se producirán las proteínas que crean los anticuerpos contra el virus.

¿ES MÁS EFECTIVA QUE LAS DEMÁS?

Según algunos estudios CanSino tendría cinco meses de inmunidad, tras eso, habría que evaluar una segunda dosis. Según Heriberto García, Director del ISP “con una dosis ya producía una inmunogenicidad necesaria y que sí ya producía una eficacia necesaria importante de un 65%”.

La vacuna más aplicada hasta ahora en el país es la Sinovac con un 93%, mientras que Pfizer alcanza el 7%. Un estudio de la Universidad de Chile, mostró que tienen un 56,5% para prevenir contagios en quienes han recibido la segunda dosis de alguna de las vacunas hace al menos dos semanas.

¿Será que la aplicación de estas vacunas se verá reflejada pronto y habrá una baja en las cifras de contagios en Chile?

Expertos advierten graves consecuencias por no vacunarse contra el coronavirus

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El escepticismo por lo rápido que llegó la vacuna contra el coronavirus se ha apoderado de varias personas, sobre todo de los grupos y movimientos antivacunas. Sin embargo, la comunidad médica y científica ha sido enfática en destacar la importancia de la inoculación.

Si bien este proceso es voluntario, quienes pertenezcan a un grupo de riesgo deberían acudir a los vacunatorios, ya que disminuye la posibilidad de agravar el contagio por el covid-19.

El Dr. Joseph Varón, jefe de personal del United Memorial Medical Center en Houston, le dijo a CNN En Español que no ponerse la vacuna podría dejar a aquellos con más posibilidades de contraer una enfermedad por coronavirus mucho más violenta que los que sí se la pongan.

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“Las implicaciones de no vacunarse son relativamente sencillas: te puede dar el covid muy severo y te puedes morir. Yo creo que es muy importante que la gente entienda que uno debe de vacunarse; uno requiere tener esa vacuna”, puntualizó.

Además, explicó que “si la enfermedad empieza a avanzar, la gente que esté vacunada va a salir adelante. La gente que no lo esté, va a tener la infección y lo peor es que puede contagiarle a otro. Entonces desde el punto de salud pública te vuelves un problema”.

El especialista también indicó, que como se ha visto hasta ahora, las personas con enfermedades preexistentes (o crónicas), pueden sufrir consecuencias aún más graves, como fallecer luego del contagio por coronavirus.

El no vacunarse también implica una problemática general, ya que se pone en riesgo la llamada ‘inmunidad colectiva’, haciendo más vulnerables a los grupos de alto riesgo.

Por su parte, el Dr. José Torradas le dijo al mismo medio citado anteriormente que “ese momento de inmunidad colectiva se retrasa porque el virus existe al poder saltar de una persona a la otra y si las personas ya tienen anticuerpos, pues eso representa una manera de bloquear la transmisión del virus”.

Torradas, además señaló que en términos de los que no se vacunan, no es que sean un peligro más de lo que pueden ser ahora mismo. “Es entendiendo que al no vacunarse si no tienes anticuerpos, te puedes infectar y eso no quiere decir que no puedas infectar gente que haya sido vacunada. La gente que ha sido vacunada tiene por lo menos una probabilidad más alta de no tener complicaciones severas”.

Sin embargo, ambos especialistas concluyen que el gran enemigo de las vacunas es la desinformación, ya que “desafortunadamente no se ha creado un ambiente de confianza y de información adecuada debido a todas las comunicaciones erróneas y mal informadas”.

Los expertos insisten en que la vacunación, que aún no es masiva y solo está disponible para ciertos grupos, no es la única respuesta a la pandemia, por lo que es importante continuar con las medidas sanitarias como el distanciamiento físico, lavado de manos y uso de mascarillas.

Bono Pensionados para Renta Vitalicia: qué es, requisitos, monto y cómo postular

Este lunes 5 de abril en el Congreso fue aprobado y promulgado el proyecto de ley entregará el Bono Clase Media y el Préstamo Solidario. Dicha idea también beneficiará a un nuevo sector: pensionados por rentas vitalicias.

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¿En qué consiste? ¿Dónde puedo postular para obtener ese beneficio? En esta nota lo explicamos.

¿Qué es el Bono Pensionados para Rentas Vitalicias?

Es uno de los ítems que se incluyeron en las últimas modificaciones realizadas al proyecto de ley aprobado este 5 de abril.

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir para optar a este beneficio?

Los postulantes tienen que tener una pensión igual o inferior a $408.125 para acceder a este aporte fiscal.

¿Cuál es el monto que podría recibir?

Habrá un bono de $100 mil para los pensionados de vejez e invalidez acogidos a la modalidad de renta vitalicia, y también para pensionados por retiro programado y del sistema antiguo.

Los beneficiarios cuyo hogar se encuentre integrado por personas con discapacidad que perciban pensión básica de invalidez (adultos mayores de 65 años o más, o menores de 18 años que vivan en el hogar) tendrán derecho al bono incrementado según el número de personas que causen el beneficio en el hogar, con montos que van desde $125 mil a $250 mil como máximo.

Para este beneficio adicional deberán ser parte del Registro Social de Hogares.

¿Desde qué fecha podría postular?

Luego de su aprobación en el Congreso, el presidente Sebastián Piñera promulgó esta tarde la ley que permite la entrega de estos beneficios. Por tanto, ahora solo basta con que esta aparezca en el Diario Oficial.

Una vez que la ley sea publicada en este, a contar del décimo día se podrá iniciar con la solicitud del bono, teniendo un plazo de hasta un mes. Aún no hay una fecha exacta, pero se cree que a fines de abril se podrá dar paso a la postulación del beneficio. Y quienes cumplan con los requisitos indicados, podrán recibir la ayuda gubernamental por una sola vez.

Alimentos, bebestibles, ropa de guagua: publican nuevo instructivo de bienes esenciales

Desde el lunes 5 de abril, entró en vigencia la normativa sobre la prohibición de vender productos noesenciales, por lo que varios supermercados y tiendas de retail han tomado medidas de autorregulación.

Una gran cantidad de clientes que asistieron a aquellos recintos, denunciaron que varios pasillos, como electrodomésticos o productos de aseo, no pueden ser comprados, ya que estaban dentro de los artículos con prohibición de venta.

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Nuevo listado de productos

Durante la tarde del martes y por diversas críticas a la implementación, el ministerio de Salud publicó un nuevo instructivo de desplazamiento que entrará en vigencia desde este miércoles 7 de abril.

En el documento, se entrega un nuevo listado de los productos que sí son esenciales para el diario vivir de los ciudadanos, específicamente en las comunas que están en Fase 1 y Fase 2 del plan Paso a Paso.

Bienes relativos a la subsistencia de la persona

  • Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.

  • Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.

  • Productos necesarios para la higiene personal: pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.

  • En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.

  • Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.

  • Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.

  • Artículos para mascotas: alimentos, accesorios de higiene y cuidado.

  • Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes: como mangueras,regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia

  • Artículos electrónicos: computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.

  • Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:

  • Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.

  • Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones,guateros, etc.

  • Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.

  • Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.

  • Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras,estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores,batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc. Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.

  • Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.

  • Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

Otros bienes

  • Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas,carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.

Llegarán antes del fin de abril: Lo que debes saber de los bonos anunciados por el Gobierno

Para ayudar a las familias más afectadas por la emergencia sanitaria, es que se explicaron cuáles serán las nuevas ayudas económicas promulgadas por el gobierno. Unos beneficios que se espera comiencen a ser entregados en la última semana de abril.

Se podrán solicitar unos 10 días tras la promulgación de la ley, esto quiere decir que probablemente la próxima semana comenzaría el proceso de solicitud.

Entre las mejoras que se realizaron está el ingreso a los beneficiarios de pensionados de rentas vitalicias, del sistema antiguo y de aquellos afectos a la modalidad de retiro preparado. También cuenta el aumento de la cobertura del IFE Covid y el Bono Covid para el mes de abril.

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¿QUÉ REQUISITOS SE DEBE CUMPLIR PARA SOLICITAR CADA BENEFICIO?

Estos bonos buscan ayudar a las personas y las familias que vieron una disminución en sus ingresos durante la pandemia y tendrá ciertas características.

Bono Clase Media: El monto que será entregado dependerá de la baja en el ingreso familiar y depende del dinero que el grupo familiar recibe en total, variando de la siguiente forma:

  • PARA QUIENES GANEN ENTRE EL SALARIO MÍNIMO Y $408.125: RECIBIRÁN 500 MIL PESOS SIN DEMOSTRAR CAÍDA DE INGRESOS.

  • DESDE 408 MIL 125 PESOS Y 1.500.000: RECIBIRÁN 500 MIL PESOS CON CAÍDA DE INGRESOS DEL 20% ENTRE EL SEGUNDO SEMESTRE 2019 Y EL SEGUNDO SEMESTRE 2020.

  • ENTRE 1 MILLÓN 500 MIL Y 2 MILLONES DE PESOS CON CAÍDA DE INGRESO DEL 20% ENTRE EL SEGUNDO SEMESTRE 2019 Y EL SEGUNDO SEMESTRE 2020: 400 MIL PESOS.

  • PARA INGRESOS ENTRE $1.600.000 Y $1.700.000: 300 MIL PESOS

  • PARA INGRESOS ENTRE $1.700.000 Y $1.800.000: 200 MIL PESOS

  • PARA INGRESOS ENTRE $1.800.000 Y $2.000.000: 100 MIL PESOS

Además, habrá un aumento en la cantidad de dinero entregada, el que dependerá del número de cargas que tenga cada hogar. Son considerados como carga niños, niñas y adolescentes; adultos mayores y personas dependientes, de acuerdo al Registro Social de Hogares.

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Préstamo Solidario Clase Media: Tiene un tope máximo de 650 mil pesos y cubre la totalidad de la caída del ingreso promedio mensual del segundo semestre de 2019 respecto del segundo semestre de 2020. 

En el caso de quienes no cobren el Bono Clase Media, puede solicitarlo hasta 3 veces, mientras que aquellos que sí cobren el Bono Clase Media, podrán pedirlo hasta dos veces.

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Bono para pensionados: Se entregarán 100 mil pesos a los pensionados por vejez o invalidez que cumplan estos requisitos:

  • RENTAS VITALICIAS: PENSIONES INFERIORES A $408.125.

  • RETIRO PROGRAMADO: CON PENSIONES ENTRE LA PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA Y $408.125.

  • SISTEMAS DE PENSIONES ADMINISTRADOS POR EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL (IPS): PENSIONES INFERIORES A $408.125.

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BancoEstado alerta sobre suplantación de su sitio web que exige datos de tarjeta bancaria

BancoEstado alertó a sus clientes sobre una web fraudulenta que simula ser exactamente el mismo sitio oficial de la entidad bancaria, el cual aparentemente era utilizado para realizar estafas, ya que se exigía los datos de las tarjetas de los usuarios.



 
 



Sitio web fraudulento

La situación quedó al descubierto cuando una clienta del banco grabó un video luego de recibir un mensaje con el link al sitio fraudulento.

Según se puede apreciar en el registro, el link lleva a quienes reciben el mensaje a un sitio web que estéticamente es exactamente igual al sitio oficial de BancoEstado, pero que dentro de sus "particularidades" está que no exigen ni siquiera un RUT para acceder.

¿Una buena forma de terminar la vulneración? Campaña busca informar sobre ser “familia de acogida”

Hace unos días se viralizó un video en el que se escuchaban gritos pidiendo ayuda desde un hogar del Sename, lo que obviamente despertó nuevamente la discusión respecto a varios temas, entre ellos, la efectividad de estos lugares, las dificultades en los procesos de adopción y la despenalización del aborto.

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Pero además, otro tema fue lo que significa ser familia de acogida, pero no hay mucho conocimiento respecto a este proceso. ¿Qué busca el sistema de familias de acogida? Busca una familia externa se haga cargo del cuidado de niños, niñas o adolescentes, que por decisión de un tribunal de familia fueron separados de su familia biológica y así se evita que vaya a alguna residencia del Sename.

Durante este período se realiza un trabajo psicosocial para proteger al niño y que lo que lo vulneró se pueda solucionar.

Para entregar más información sobre qué significa ser “familia de acogida” es que fue lanzada “Acoger es” la primera campaña nacional que busca sensibilizar más sobre este tema.


Y es que según últimos informes, el interés por esto ha aumentado. De hecho a través de datos del Sename, se informó que los niños, niñas y adolescentes ingresados a estos programas, en 2019, alcanzaron su máximo histórico. Esto se traduce en que un 56% de los menores quedó al cuidado de una familia de acogida, mientras que el otro 44% ingresó a un centro de protección del Sename.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA SER FAMILIA DE ACOGIDA?

No importa la composición de la familia, lo primero es cumplir con los requisitos que se solicitan para poder ser evaluados y formar parte de las alrededor de 800 familias de acogida externas que hay en Chile. Las condiciones que se deben cumplir son:

  • Ser mayor de 18 años.

  • Pasar por una evaluación psicosocial de una duración aproximada de 3 meses.

  • Los y las integrantes de tu familia deben estar de acuerdo.

  • No tener antecedentes penales ni estar inhabilitado para trabajar con NNA.

  • Poder comprender lo que el niño, niña o adolescente necesita para su desarrollo mientras está en la familia que lo acoge.

  • Poder trabajar en conjunto con el equipo profesional, siendo supervisado y apoyado por éste.

  • Conocer y apoyar el plan de intervención en el cual se apoya y trabaja con la familia de origen y/o extensa.

  • Poder entregar amor y después dejar ir a los NNA, sabiendo que el tiempo compartido fue un paso importante en su desarrollo y bienestar.

¿Crees que esta es una buena opción para abrir oportunidades a niños que viven una situación de vulnerabilidad? Si quieres más detalles sobre ser “familia de acogida”, los encuentras revisando la web de la campaña “Acoger es”.